• La mercancía debe estar embalada adecuadamente.
  • Si transporta textil o calzado, estos deben venir acompañados con una copia del Sencamer vigente.
  • Si la mercancía es importada debe venir acompañada con la copia de los documentos de importación.
  • Cuando el numero de bultos para un mismo destino sea ocho (8) o menos se cobrará por peso o volumen de cada bulto según tarifas tipo A-I.
  • Cuando el número de bultos para un mismo destino sea nueve (9) o más se cobrará por la suma de los pesos o volúmenes de dicha cantidad según tarifa G-I.
  • La empresa decidirá si los cálculos se realizaran mediante la tarifa por peso o por volumen.
  • Verificar con nuestros operadores la frecuencia de reparto a nuestros destinos nacionales u observarlos en destinos nacionales.
  • No se presta el servicio de mudanzas.
  • Debe suministrar cada vez que realice un envió la dirección y teléfono del remitente y destinatario.
  • No transportamos vidrios, explosivos, productos inflamables, productos que pongan en riesgo la seguridad del transporte, sustancias ilícitas y toda aquella mercancía prohibida por la Ley.